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Deberes y Derechos Clientes






Deberes y Derechos Clientes

EDE Este valora a sus clientes y por eso pone a su disposición los deberes y derechos de los usuarios del servicio eléctrico.

Los Derechos y Deberes de Nuestros Clientes

• El período de facturación es de 27 a 31 días sin que pueda pasar de 365 ó 366 días por año.

• La empresa de distribución debe facturar en base a la lectura de los medidores.

• Sólo esta permitido facturar sin lectura un (1) mes y esta debe ser en base al consumo del mes anterior.

• Si la empresa de distribución factura más de un (1) mes con un consumo estimado, la misma debe concederle al cliente un plazo igual a los meses dejados de leer para el pago de la energía consumida, sin cobrar intereses.

• Las facturas deben entregarse 7 días laborables antes de su fecha de vencimiento.

• La empresa distribuidora debe fijar en un lugar visible de sus oficinas el cuadro tarifário vigente.

• Si la empresa distribuidora te cobra por aplicación de tarifas superiores o diferentes a las correspondientes o por cualquier otra causa imputable a ellas, deberá acreditarle las sumas cobradas en exceso, mas 10 veces el monto pagado en exceso.

• La empresa de distribución debe avisar con (1) una semana de anticipación, el cambio de contador si es cambio por zonas o barrios. En todos los casos, debe comunicarlo en el momento de realizar el cambio.

• En caso de fraude comprobado por la SIE, la empresa distribuidora puede cobrar el consumo no registrado más los gastos de la verificación más los recargos establecidos en el reglamento.

• El suministro de energía podrá ser suspendido solamente en días laborables y hasta las 6 de la tarde del día viernes de cada semana.

• Si la empresa distribuidora suspende el servicio a un cliente que este al día en su pago, deberá ofrecerle una compensación 3 veces superior al valor por el cual se suspendió.

• La empresa de distribución puede suspender el suministro energía, en caso de :

  • • Falta de pago de dos (2) o mas facturas vencidas.
  • • Malas condiciones técnicas de las instalaciones del cliente.
  • • Suministros en condiciones fraudulentas o irregulares.
  • • Comercialización a terceros.
  • • Levantamiento de acta de modificaciones clandestinas o fraudulentas.

• Durante el periodo de suspensión el cliente debe seguir pagando los cargos fijos.

• Durante el periodo en que la reclamación este pendiente de resolución, el servicio no podrá ser suspendido por motivos de la factura reclamada, hasta tanto se produzca la decisión de PROTECOM, excepto en caso de fraude comprobado.

• El usuario puede instalar a su costo un contador testigo, de la misma categoría que el instalado por la empresa de distribución.

• La empresa distribuidora esta obligada a dar respuesta por escrito a todos los reclamos o quejas.